Ayude a extender las protecciones de la calidad del agua a las aguas tribales - Waterkeeper

Ayude a extender las protecciones de la calidad del agua a las aguas tribales

Por: Thomas Hynes

La Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA, por sus siglas en inglés) propuso recientemente una nueva regla que instituiría estándares federales de calidad del agua de referencia (WQS, por sus siglas en inglés) para las aguas en más de 250 tierras tribales en todo el país. Críticamente, estas áreas actualmente no tienen estándares de calidad de agua vigentes bajo la Ley de Agua Limpia. Si se finaliza, esta regla establecería importantes protecciones de calidad del agua para aguas tribales similares a la mayoría de las aguas en los Estados Unidos que están protegidas a través de estándares de calidad del agua aprobados por la EPA adoptados por cada estado y 47 gobiernos tribales. 

Los estándares de calidad del agua son la base de los controles de contaminación requeridos por la Ley de Agua Limpia y son cruciales para proteger la integridad ambiental y la salud humana. Por ejemplo, los estándares de calidad del agua se utilizan para controlar las descargas contaminantes a través de los sistemas de permisos de la Ley y para identificar y restaurar las aguas contaminadas.

Sin embargo, hoy en día, Estados Unidos alberga a más de 300 tribus con reservas, pero solo 47 tienen estándares de calidad del agua aprobados por la EPA. Es por eso que La EPA debe actuar rápidamente para extender las mismas salvaguardas de la Ley de Agua Limpia que existen actualmente en el resto de los Estados Unidos a las aguas tribales. 

¿Se tomará un momento para instar a la EPA a extender las protecciones de la Ley de Agua Limpia a las naciones tribales? 

La EPA estima que su regla propuesta protegerá aproximadamente “76,000 millas de ríos y arroyos y 1.9 millones de acres de lagos y embalses en las reservas indias que carecen de los estándares de la Ley de Agua Limpia”. Esta regla establecerá los requisitos de calidad del agua para las reservas, facilitará la participación tribal en la gestión de la calidad del agua, proporcionará una base para la aplicación y protegerá las aguas de la reserva de las descargas de contaminantes río arriba. 

Específicamente, la regla “brindará un conjunto común de usos designados (p. ej., pescar y nadar), establecerá límites de contaminación para avanzar en el progreso hacia agua limpia y segura, e incluirá políticas contra la degradación para proteger las aguas tribales de una mayor contaminación”. Estos estándares se implementarían en consulta con los gobiernos tribales para abordar las condiciones y circunstancias locales. Además, estos estándares solo se aplicarían hasta el momento en que los gobiernos tribales puedan administrar sus propios estándares según las disposiciones de la Ley para que las tribus sean tratadas como estados. Establecer estándares de calidad del agua que protejan los derechos y recursos tribales reservados también respalda ecosistemas más saludables y, en última instancia, aguas más limpias para todos. 

No obstante, la EPA debe tomar medidas adicionales para mejorar los criterios de calidad del agua propuestos y garantizar que las protecciones no sean menos estrictas que las normas aprobadas por la EPA en otras partes del país. Específicamente, la EPA debería: 

  • Asegúrese de que los estándares de calidad del agua de referencia sean consistentes con las regulaciones de la EPA y proteja todos los usos beneficiosos relevantes del agua según lo exigen las secciones 101 (a) (2) y 303 (c) (2) de la Ley de Agua Limpia.
  • Establecer el suministro público de agua como un uso designado por defecto protegido por límites numéricos para contaminantes como metales, químicos orgánicos y patógenos y límites narrativos que prohíban contaminantes como aquellos que crean problemas de sabor/olor, contaminación por aceite y grasa, toxicidad y cáncer.
  • Adoptar límites numéricos y narrativos de protección para contaminantes tóxicos, contaminantes radiactivos, patógenos, cianotoxinas, nutrientes y biocriterios según lo exigen las Secciones 303(c)(2)(B), 303(i)(1)(A) y 304(a) de la Ley de Agua Limpia y de conformidad con los criterios de calidad del agua recomendados por la EPA para proteger la vida acuática, la salud humana, los usos recreativos, el agua potable pública, las aguas costeras y el consumo de pescado.
  • Revisar las prohibiciones narrativas propuestas sobre contaminantes tóxicos y radiactivos para garantizar que sean consistentes con las prohibiciones de la Ley de Agua Limpia y no se limiten solo a los impactos en los usos designados propuestos.
  • Eliminar las disposiciones que permiten la adopción de variaciones y la eliminación del uso designado sin reglamentación adicional.

Estas enmiendas a la regla propuesta son esenciales para proteger y restaurar la calidad del agua en las aguas tribales de manera equivalente a las protecciones para otras aguas en todo el país.

Deje su comentario hoy para apoyar el establecimiento de normas sólidas y protectoras de calidad del agua según la Ley de Agua Limpia para las aguas tribales que actualmente carecen de estas protecciones esenciales.