“La Ley del Río” - Waterkeeper

"La ley del río"

Por: ajcarapella

By Rica Fulton con Upper Green River Network, un Colorado Riverkeeper Afiliado, republicado con permiso de Expediciones en el río Holiday.

El segundo de una serie de cuatro partes sobre la ley del agua y la asignación en la cuenca del río Colorado.

Leer la primera parte, Apropiación Previa y Agua en Occidente.

Pacto del río Colorado 

Si presta atención a la política del agua en la cuenca del río Colorado, es posible que haya oído hablar de la Pacto del Río Colorado. Firmado en 1922 por los siete estados de la cuenca del río Colorado: Wyoming, Colorado, Utah, Nuevo México, Arizona, Nevada y California (aunque Arizona no ratificó el Pacto hasta 1944), asigna las aguas del río Colorado. Con solo cuatro páginas de largo, el documento es sorprendentemente básico, lo que es completamente contrario a la eventual evolución del marco legal.

Fundamentalmente, el Pacto dividió la Cuenca del Río Colorado en una Cuenca Superior (WY, CO, NM, UT) y una Cuenca Inferior (AZ, CA, NV) dándoles cada una 7.5 millones de acres-pies. Sin embargo, Upper Basin tiene que entregar la totalidad de los 7.5 millones de acres-pies (o 75 millones de acres-pies cada diez años), antes de que puedan usar su parte. El esquema de asignación del Pacto también reemplaza la doctrina de apropiación previa sobre cualquier derecho de agua en la Cuenca del Río Colorado DESPUÉS de 1922, si alguna vez es necesario tomar escasez para entregar agua a la Cuenca Inferior. Los administradores del agua se refieren a este evento como una “Convocatoria compacta” y aún no ha ocurrido.

Una sociedad en evolución 

Las nociones jeffersonianas de una sociedad agraria y el granjero popular a principios de la década de 1900, inspiró muchas leyes tempranas de recursos naturales, como el Pacto del Río Colorado. Las mentes pioneras tenían una imagen de granjas familiares modestas, que generaban cultivos y sustentaban al ganado a pequeña escala. Sin embargo, las condiciones innatamente áridas combinadas con los rápidos avances tecnológicos durante la revolución industrial y el auge de la agricultura empresarial provocaron un cambio en la forma en que la sociedad occidental trata el agua.

En las décadas que siguieron a 1922, se requirieron muchas otras leyes, acuerdos, estatutos, pactos, políticas y un tratado internacional federales para solidificar quién podía beneficiarse del agua en la cuenca del río Colorado y adónde iba, según la evolución de nuestra sociedad que cambia rápidamente.

Sin discutir todos y cada uno de los aspectos de la Ley del Río, varias leyes, estatutos y tratados rigen la distribución entre los estados, con México, y determinan la infraestructura y las operaciones. Otros conjuntos de leyes ambientales también afectan la Ley del Río.

Otro aspecto importante del marco legal concierne a las tribus nativas americanas, que será el único enfoque del artículo siguiente en estas series.

Asignación en los estados de la cuenca superior e inferior

El Secretario del Departamento del Interior tenía la intención de que los estados de la cuenca superior e inferior negociaran cómo repartir el agua del río Colorado y sus afluentes entre ellos. En 1948, los estados de la Cuenca Alta hicieron precisamente eso y negociaron el Pacto de la Cuenca Alta del Río Colorado. Se utilizó un esquema de asignación basado en porcentajes para tener en cuenta la incertidumbre en los años hidrológicos. Colorado recibe el 51.75%; Nuevo México 11.25%, Utah 23% y Wyoming 14% del agua disponible después de entregar la Cuenca Inferior y México sus partes.

Por el contrario, los estados de la Cuenca Inferior simplemente no podrían ponerse de acuerdo sobre un esquema de asignación. Por tanto, una serie de juicios, Arizona contra California, impulsa la cantidad de agua que reciben California, Arizona y Nevada. A California se le asignan 4.4 millones de acres-pies; Arizona 2.8 millones de acres-pies; y Nevada 300,000 acres-pies. En particular, los afluentes de la cuenca inferior no cuentan para estos totales, mientras que los afluentes de la cuenca superior sí lo hacen.

Para complicar aún más las cosas, en 1968 el Proyecto de la Cuenca del Río Colorado autorizó la Proyecto de Arizona central (CAP). El CAP es el proyecto de transferencia de agua más caro de la historia que se haya completado en los Estados Unidos. La legislación autorizó la construcción de un acueducto de 335 millas de largo, enviando agua desde el río Colorado al área de Phoenix. Para que Arizona reciba un proyecto tan masivo financiado por el gobierno federal, acordaron que a California se le asignen todos sus 4.4 millones de acres-pies antes de que el CAP transporte CUALQUIER agua en tiempos de escasez. Esto ya está llegando a buen término, y Los usuarios de CAP en el estado de Arizona están tomando recortes que probablemente nunca se recuperará.

México

En 1944, se firmó el Tratado con México para proporcionar una cantidad determinada de agua a México desde el río Colorado. El Tratado asigna a México 1.5 millones de acres-pies cada año, igualmente de las Cuencas Superior e Inferior. Luego de un terremoto en 2010 que destruyó buena parte de la infraestructura en México, se firmó el Acta 319, que permite a México almacenar agua en el lago Mead para usar en años posteriores. El Acta 319 también permitió que los dos países trabajaran juntos para encontrar agua e implementar un plan para permitir que el río Colorado para volver a alcanzar el delta en el Mar de Cortés.

Infraestructura y Operaciones 

El poderoso Colorado alguna vez fue salvaje, variable y dinámico; pero las presas colosales han convertido todo el sistema del río Colorado en un sistema de transporte de agua regulado. La asignación de fondos federales para proyectos de agua inevitablemente requiere legislación, y tres leyes notables impulsan los proyectos de agua federales y quién se beneficia del almacenamiento.

La Ley del Cañón de Boulder fue la primera gran ley de infraestructura aprobada en la cuenca del río Colorado en 1928. La ley autorizó lo que ahora es la presa Hoover, así como el canal All-American, que envía agua al Valle Imperial del sur de California para la agricultura. Los cabilderos de California y el poder de California a nivel federal impulsaron la Ley, preparando el escenario para el poder de California sobre el río Colorado. Además, sienta un precedente para las represas a gran escala en otras partes de la Cuenca.

In 1959 la Ley del Proyecto del Río Colorado fue aprobada por el Congreso. Cuatro instalaciones principales fueron producto de esta legislación en Upper Basin: Flaming Gorge Dam en Wyoming y Utah; Unidad Aspinall, una serie de tres presas en el río Gunnison en Colorado; Unidad Navajo en el río San Juan en Colorado y Nuevo México; y quizás el más controvertido - Cañón de la cañada Presa. De manera integral, estos proyectos permiten que los estados de la Cuenca Alta almacenen agua, puedan suministrar agua a la Cuenca Inferior, proporcionar control de inundaciones y generar energía hidroeléctrica.

Como se mencionó anteriormente, la Ley del Proyecto de la Cuenca del Río Colorado de 1968 fue aprobada predominantemente para autorizar el Proyecto de Arizona Central, llevando agua al centro y sur de Arizona. Otros proyectos más pequeños también se incluyeron en la legislación, como el Proyecto Dolores, que autorizó la presa McPhee en el río Dolores en Colorado.

En 2007, de conformidad con la Ley del Cañón de Boulder y la Ley del Proyecto de la Cuenca del Río Colorado, la Directrices provisionales del río Colorado para la escasez de cuencas inferiores y las operaciones coordinadas para el lago Powell y el lago Mead, fueron desarrollados. Impulsado por el cambio climático, la sequía prolongada y las subsiguientes elevaciones bajas de los embalses; mitigar una declaración de escasez en la cuenca baja fue una alta prioridad. Se llama escasez cuando la elevación del lago Mead desciende por debajo de los 1,075 pies sobre el nivel del mar; actualmente está a 1,086 pies. Una declaración de escasez obligaría a Arizona y Nevada a usar menos agua. En teoría, el acuerdo proporciona flexibilidad en el sistema y promueve la coordinación entre los usuarios del agua para permitir que fluya más agua hacia el lago Mead cuando los niveles de agua del lago Powell están en ciertos puntos, lo que esencialmente proporciona un enfoque escalonado en la gestión del agua entre los dos proyectos. Sin embargo, las pautas sirven simplemente como una curita para el problema, y ​​se deben aprobar soluciones holísticas a más largo plazo para mantener el sistema fluvial.

Superposición ambiental 

A fines de la década de 1960 y principios de la de 1970, se aprobaron en el país una serie de leyes ambientales sólidas que afectan la forma en que se operan los proyectos de agua en la cuenca del río Colorado. Más notablemente, el Ley de Especies en Peligro de Extinción ha cambiado las operaciones de muchos proyectos de agua mediante la creación del Programa de Recuperación de Peces en Peligro de Extinción de la Cuenca del Río Colorado Superior. El Programa de Recuperación sirve como cumplimiento de la Sección 7 de la ESA para miles de proyectos de agua en la Cuenca Alta mediante la creación de planes de recomendación de flujo (en particular, la implementación de flujos máximos de primavera para beneficiar a los peces nativos), la compra o arrendamiento de derechos de agua, la instalación de infraestructura para beneficiar a los peces y otras acciones . Los cuatro peces incluyen específicamente el chupador de lomo, el cacho jorobado, el lucioperca de Colorado y la cola de caballo.

Las preocupaciones sobre los altos niveles de salinidad en el río Colorado, principalmente por la escorrentía agrícola, provocaron el paso del río Colorado. Ley de control de la salinidad del río Colorado en 1974. La ley ordenó al Secretario del Interior que desarrollara un programa para controlar la salinidad en el río Colorado y sus afluentes y mejorar la calidad del agua. El Gobierno Federal y la Oficina de Reclamación brindan muchos de estos servicios, y también se otorgan contratos a entidades privadas y sin fines de lucro.

Otras leyes ambientales que impactan el río incluyen la Ley de política ambiental nacional y del Ley de Protección del Gran Cañón. 

¿Lo que sigue?

La pura complejidad de la Ley del Río rivaliza con la mecánica cuántica, con factores alucinantes y matizados. Además, este artículo solo raspa la superficie de cada uno de los componentes aquí establecidos, ya que cada pieza está excepcionalmente matizada. Sin embargo, comprender cada engranaje de la máquina legal del agua en la cuenca del río Colorado ayuda a esclarecer cómo se maneja el agua en Occidente.

Leer la tercera parte, Derechos de agua de los nativos americanos.

Vuelva a consultar a finales de este mes los blogs restantes sobre la ley del agua y la asignación en la cuenca del río Colorado.